Estimados asociados:
Hemos recibido la inquietud de algunos matriculados, comentando que al presentarse en diversos Juzgados (en su gran mayoría del Fuero del Trabajo), entre las 12.30 y las 13.30 horas, se les indicó que era horario exclusivo de atención para abogados y procuradores.
Entiende este Colegio que el horario de atención exclusiva es para profesionales, incluyendo expresamente a los peritos como Auxiliares del Juez.
Es por ello que, hemos trasladado el tema a la CEPUC (entidad que agrupa a todos los Colegios profesionales) para que en nombre de todas las entidades evalúe la posibilidad de hacer las presentaciones que correspondan. Asimismo, les transcribimos a continuación el link donde podrán consultar la normativa sobre el tema:
http://www.cpacf.org.ar/jurisylegis/leyes/Reglamento%20para%20la%20JN.pdf
Hemos extractado las partes pertinentes de la referida Acordada:
REGLAMENTO PARA LA JUSTICIA NACIONAL
ACORDADA DEL 17/12/1952 – C.S.J.N –
TEXTO ACTUALIZADO AL 1/12/98
ACTUALIZADO CON ACORDADAS 24/1999, 30/2001, 39/2002, 36/2003, 7/2004, 11/2004, 23/2004, 38/2006 Y 13/2007. RESOLUCION CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 6/2000 Y 254/2010
DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO 1
ARTICULO 6º. HORARIO. La Corte Suprema establecerá el horario para el funcionamiento de los tribunales nacionales de la Capital Federal. …
Normas complementarias
A) Horario de 7:30 a 13:30 horas….
B) Horario de atención exclusiva a los profesionales
Acordada 25/76:
Art. 1º (Texto según Acordada 9/81). Disponer que en el horario de 7.30 13.30 actualmente en vigencia para los tribunales de la Capital, el público será atendido desde las 7.30 hasta las 13.30 quedando reservada la última hora -12.30 a 13.30-para la atención de letrados, procuradores y peritos designados en los respectivos expedientes. (Párrafo agregado por Acordada 49/91). El horario de atención exclusiva a los profesionales, en los días de notificación será de 11.30 a 13.30 hs….
Atentamente.
CONSEJO DIRECTIVO